Calcule los gastos que se incurren en la venta de un Inmueble
Vendo Finca de recreo a 4 Km del Club del Bosque,
Municipio Sylvania
COP$ 750.000.000,
Lote: 16,960 m2
Vendo
FINCA DE RECREO A HORA Y MEDIA DE BOGOTÁ. conjunto Granjas del Bosque UNO, 2 casas, 2 recervorios de agua.
Área del lote: 16.960 m2, árboles frutales, piscina niños, borde carretera, POT: Semi-urbana. a 5 minutos del Club Campestre el Bosque. Gran afluencia de turismo. Vecindad excelente.
Valor: $750.000.000
Después de analizar las variables externas que están influyendo considerablemente en el precio de las Viviendas en Colombia y de validar con expertos en la materia... leer más
Puede que a muchos les sorprenda el hecho de que hasta la convivencia y el comportamiento en las propiedades horizontales sean reglamentadas y regida por códigos y normas. Puede que algunos piensen que es necesario y digan incluso que esta reglamentación es débil, y puede que haya otras personas que piensen que es una decisión personal el hecho de comportarse adecuadamente, pensando que al lado, como vecino, conocido o amigo, hay uno o varios individuos con los mismos deberes y derechos.
Somos conscientes de que la reglamentación existente (Ley 675 de 2001) reúne aspectos trascendentalmente importantes para el buen funcionamiento de las propiedades horizontales.
Éste incluye temas como las personerías jurídicas, la importancia de la participación en las asambleas de propietarios y modifica el régimen de las mayorías para la toma de decisiones, establece la proporción con la que cada propietario debe participar en los gastos comunes, invita a ejercer el respeto por los demás por medio de la creación de los comités de convivencia que actúan de manera pacífica y conciliada. Claro que sin imponer sanción alguna, en la resolución de los conflictos que se presentan entre los copropietarios.
En estos comités es donde se debería resaltar con mucha más fuerza ese pensamiento innato, esa decisión de vivir bien y en comunidad, y se debería poner en práctica el simple ejercicio ciudadano que invita a respetar. Además, el cuidado del patrimonio "común" que cada uno disfruta y comparte, es cuestión de voluntad, tolerancia y sentido común.
Escuchar música a bajo volumen, pasear las mascotas con su collar, hacer las tareas del hogar de forma prudente y sin ruidos, mantener los garajes limpios y sin desórdenes y otras tantas jornadas del día a día, son actividades sencillas que, con toda seguridad, aportarían a que no sólo se tenga una vida tranquila y placentera, sino a que también se respire alrededor un ambiente de solidaridad y sana convivencia.
La interacción en las propiedades horizontales es un simple ejercicio ciudadano, es más que un reglamento al que se debe ceñir o una forma de hacer las cosas porque así está establecida. Por el contrario, es pensar en alguien que tiene las mismas condiciones y derechos, es tomar la decisión de querer vivir tranquilo y en paz, es poner en práctica el respeto y la decencia, y pensar que mi libertad llega hasta donde se afecta la libertad de los demás. Eso es saber vivir en comunidad y es la invitación que hacemos desde las empresas de administración de propiedad horizontal, a convivir con los semejantes, tratando de buscar lo mejor de todos y para todos con colaboración y responsabilidad.
Puede que algunos piensen que es necesario y digan incluso que esta reglamentación es débil, y puede que haya otras personas que piensen que es una decisión personal el hecho de comportarse adecuadamente, pensando que al lado, como vecino, conocido o amigo, hay uno o varios individuos con los mismos deberes y derechos.
Somos conscientes de que la reglamentación existente (Ley 675 de 2001) reúne aspectos trascendentalmente importantes para el buen funcionamiento de las propiedades horizontales.
Éste incluye temas como las personerías jurídicas, la importancia de la participación en las asambleas de propietarios y modifica el régimen de las mayorías para la toma de decisiones, establece la proporción con la que cada propietario debe participar en los gastos comunes, invita a ejercer el respeto por los demás por medio de la creación de los comités de convivencia que actúan de manera pacífica y conciliada. Claro que sin imponer sanción alguna, en la resolución de los conflictos que se presentan entre los copropietarios.
En estos comités es donde se debería resaltar con mucha más fuerza ese pensamiento innato, esa decisión de vivir bien y en comunidad, y se debería poner en práctica el simple ejercicio ciudadano que invita a respetar. Además, el cuidado del patrimonio "común" que cada uno disfruta y comparte, es cuestión de voluntad, tolerancia y sentido común.
Escuchar música a bajo volumen, pasear las mascotas con su collar, hacer las tareas del hogar de forma prudente y sin ruidos, mantener los garajes limpios y sin desórdenes y otras tantas jornadas del día a día, son actividades sencillas que, con toda seguridad, aportarían a que no sólo se tenga una vida tranquila y placentera, sino a que también se respire alrededor un ambiente de solidaridad y sana convivencia.
La interacción en las propiedades horizontales es un simple ejercicio ciudadano, es más que un reglamento al que se debe ceñir o una forma de hacer las cosas porque así está establecida. Por el contrario, es pensar en alguien que tiene las mismas condiciones y derechos, es tomar la decisión de querer vivir tranquilo y en paz, es poner en práctica el respeto y la decencia, y pensar que mi libertad llega hasta donde se afecta la libertad de los demás.
Eso es saber vivir en comunidad y es la invitación que hacemos desde las empresas de administración de propiedad horizontal, a convivir con los semejantes, tratando de buscar lo mejor de todos y para todos con colaboración y responsabilidad.
Es divertido ver como hoy en día la propiedad horizontal se ha convertido en una donde el Estado cada día tiene menos responsabilidad sobre lo público. Esto se debe a que las obligaciones se han trasladado a los copropietarios de las unidades. Igualmente vemos que los residentes deben pagar por el mantenimiento de sus vías, la seguridad y el alumbrado público. En fin, todo aquello que por lógica le correspondería mantener al Estado, por el simple hecho de estar inscrito en este tipo de propiedades. Fuera de esto, los copropietarios tienen que cancelar el mantenimiento de los andenes y el alumbrado público que rodea a este tipo de propiedades. Me acuerdo que durante la administración Peñalosa en el Distrito Capital de Bogotá, la alcaldía trató de obligar a los conjuntos residenciales cerrados a desmontar los cerramientos, pues se estaba consideraba que el derecho de lo público primaba sobre lo privado, de hecho esta medida se tuvo que echar abajo, pues las administraciones y copropietarios consideraban que el Estado nunca colaboró con el mantenimiento de las vía y de las zonas verdes al interior de los conjuntos. Lo que si se esmeraba era en cobrar los impuestos de valorización y alumbrado público de la ciudad.
En muchas ciudades del país se construyen verdaderas ciudadelas bajo esta modalidad, donde algunas albergan más residentes que un municipio pequeño. Esto quiere decir, que algunas administraciones manejan presupuestos más altos que los que pudieran manejan empresas productivas de la región. En este tipo de propiedades, la ley faculta a la Asamblea General de Copropietarios, que delega en el Consejo de Administración la supervisión de las funciones de la persona jurídica, conformado por personas muchas veces escogidas a dedo; sin las capacidades, ni conocimientos necesarios para proteger los intereses de una comunidad y sus inmuebles, situación que engendra conflictos entre los residentes.
Hoy que la propiedad horizontal se ha constituido en la base del crecimiento de los pueblos, que sus representantes ejercen muchas funciones de lo público, que manejan altos presupuestos y que su número poblacional llega a ser más grande que muchos municipios colombianos, es necesario crear un órgano de control que direccione las políticas, la convivencia social y el perfil de las personas que lo administran. De hecho existe una organización que ha tratado durante muchos años en establecer estrategias de control, asumiendo funciones casi de estado para formalizar la administración de la propiedad horizontal encaminada a la protección de los derechos de los residentes.
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Konrad Streinesberger
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